Transferencias Vehiculares

Formalización legal de transferencias de vehículos con total respaldo jurídico y notarial para el cambio de propiedad vehicular.

Cambio de Propiedad

Transferencia legal
de vehículos

Trámite Completo

Documentación y
formalización notarial

Seguridad Legal

Respaldo jurídico
completo

¿Qué incluye nuestro servicio?

En Notaría Aguilar Calvo, nos especializamos en transferencias vehiculares, brindando asesoría integral y respaldo legal completo para el cambio de propiedad de vehículos con más de 15 años de experiencia.

Requisitos Necesarios

Documentación requerida para la transferencia vehicular

1

Documentos del vehículo:
Tarjeta de identificación vehicular y SOAT (físico o virtual).

2

Identificación de las partes:
Nacionales: DNI vigente de los firmantes y al día con las últimas votaciones.
Extranjeros: Carné de extranjería vigente, Carné de permiso temporal de permanencia (CPP), pasaporte con el respectivo permiso especial para suscribir documentos.

3

En caso de intervención de Persona Jurídica:
El/los representante/s debe/n presentar su vigencia de poder o copia literal de la empresa actualizada (no mayor a 30 días de antigüedad), donde conste su nombramiento y facultades específicas para el acto jurídico que desean celebrar.

4

De igual forma cuando una persona natural es representado por otro:
Debe adjuntar la vigencia de poder no mayor a 30 días de antigüedad.

5

Pago de impuesto vehicular cancelado en su integridad:
Los 3 años afectos (4 trimestres en cada uno), contados a partir del año siguiente de la inscripción en la Municipalidad Provincial del domicilio del titular; respecto de quien mantuvo la condición de contribuyente, de conformidad al Decreto Legislativo Nº 1520, que modifica la Ley de Tributación Municipal.

6

Precio de venta y forma de pago:
Si el precio de venta es mayor a una (1) UIT, necesariamente deben acreditar medio de pago (cheque, depósito, transferencia bancaria).

Nota

De conformidad con el Decreto Legislativo 1529, el pago debe realizarse siempre al titular del bien a transferir. Excepcionalmente, si el medio de pago se emite a nombre de un tercero, deberá acreditar, previo al pago, el cargo de comunicación respectivo a la SUNAT.

Nota

Deberán estar presentes comprador(es) y vendedor(es) conjuntamente.

Importante

Si los contratantes presentan el régimen de separación de patrimonios o unión de hecho, deben poner en conocimiento a la Notaría tal situación y adjuntar la inscripción registral respectiva.

Observaciones

Se calificará la documentación y de ser necesario, se solicitará documentación adicional, la cual se informará.

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